SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1213/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1213/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

III.4.  Otras consideraciones

Resuelta como se encuentra la problemática, es ineludible emitir pronunciamiento sobre la actuación del Tribunal de garantías, que no obstante al haber resuelto denegar la tutela impetrada; a la vez, ordenó a la autoridad judicial que conoció la causa -quien además no fue demandada en la presente acción tutelar- extienda mandamiento de libertad previo cumplimiento de los requisitos exigidos para la procedencia del perdón judicial.

Determinación no solo incongruente al denegar la tutela y ordenar al mismo tiempo un actuado procesal, sino también eminentemente discordante con las facultades y competencias inherentes a los jueces y tribunales de garantías en el ejercicio en primera instancia del control constitucional tutelar dentro de la jurisdicción constitucional, extralimitando las mismas y asumiendo determinaciones propias del juzgador ordinario, correspondiendo ante esta conducta llamar la atención al Tribunal de garantías, para que en el futuro, encuadre sus actuaciones a las facultades y competencia que le asiste, emitiendo además resoluciones congruentes.