SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso voluntario de división de bienes hereditarios incoado contra sus personas, presentaron oposición al proceso voluntario de partición de bienes sucesorios; empero, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal y Mixto de Puerto Suárez provincia Germán Busch del departamento de Santa Cruz, corrió traslado de la misma, como si se tratara de un incidente en total contravención a lo previsto por los arts. 640 y 641 del Código de Procedimiento Civil (CPC), de esta forma pronunció un ilegal Auto interlocutorio, rechazando lo pedido sin ningún fundamento, manifestando además que no aportaron prueba alguna, la mencionada Resolución fue apelada ante el Juzgado Mixto, de Partido y Sentencia Penal del mismo departamento, emitiéndose el Auto de Vista de 18 de febrero de 2015, resolviendo el recurso interpuesto sin justificar del porqué de esa decisión y en sus considerandos, absolvió los puntos planteados en su recurso, limitándose a elaborar un mero resumen del Auto recurrido, en vez de analizar si correspondía la oposición y declarar la contención ordenando la remisión al juzgado llamado por ley.