SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1222/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1222/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

III.4. Análisis en el caso concreto

Los accionantes denunciaron que dentro del proceso penal que se sigue en su contra y la de otros por la presunta comisión del delito de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, el Fiscal Departamental demandado, vulneró su derecho al debido proceso en sus elementos del principio de presunción de inocencia, y de los derechos a la defensa y a la igualdad, toda vez que mediante Resolución GPJ 246/15, se revocó ilegal, incongruente e infundadamente la Resolución de rechazo de denuncia de 8 de diciembre de 2014, emitida por el Fiscal a cargo de la investigación, sin considerar todos los datos proporcionados, ni la autenticidad de los documentos cuestionados, limitándose a realizar citas de múltiples artículos relativos a la antijuridicidad; todo ello porque supuestamente el rechazo no puede ser fundamentado en la negligencia del Ministerio Público, más aun cuando los hechos se encuentran esclarecidos y acreditados en el cuaderno de investigación y no fue declarado por escrito la prescripción del uso de instrumento falsificado, siendo dicha decisión tomada sin considerar el dictamen del perito Hernán Gallardo Sempértegui, debido a que presuntamente no cumplía con                   las formalidades previstas en el art. 209 y ss. del CPP; asumiendo erróneamente que el desconocimiento de la firma de Gerardo Landívar Vilar en la protocolización de los instrumentos acusados de falsos es suficiente para entenderlos como tales; obviando de esta manera realizar una explicación adecuada de las pruebas aceptadas, limitándose a citar múltiples artículos relativos a la antijuridicidad.