SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1231/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1231/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

a)

Los accionantes, a través de su abogado ratificaron los términos de la demanda y ampliándola refirieron que: a) La reducción salarial de que fueron objeto, constituye un despido indirecto que viola el derecho al trabajo, fuero sindical y estabilidad laboral, de los cuarenta y ocho funcionarios del SSU de Tarija, cuarenta y uno fueron beneficiados con un incremento y siete fueron afectados con la rebaja, a consecuencia de ello, una funcionaria se acogió al despido indirecto; b) La estabilidad laboral se encuentra desarrollada en la               SCP 0177/2012 de 14 de mayo, y del mismo modo, la Jefatura Departamental del Trabajo conminó al empleador proceder a la restitución de sus derechos; y, c) Respecto a la accionante que no goza de fuero sindical, la mencionada jefatura señaló que la rebaja debe estar de acuerdo “al decreto ley 1937” (sic), que provee un aviso con anticipación de 3 meses, en el presente caso, se notificó con el preaviso el 19 de mayo de 2015, para aplicar la reducción retroactivamente desde abril, aspecto que está prohibido por la Norma Suprema.