SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1231/2015-S1
Fecha: 07-Dic-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En su calidad de trabajadores del SSU de Tarija mediante nota de 29 de abril de 2015, la Gerencia General a.i., les comunicó que a causa de la aplicación de la Nueva Estructura Salarial se procedería a una reducción salarial a partir del mes de abril de 2015, dejando a su criterio las alternativas que otorga la Ley General del Trabajo, esta reducción se materializa conforme a la siguiente relación: Marcelino Carlos Miranda Carrizo de Bs7 132 a Bs5 658, Fernando Jorge Almazan Martínez de Bs5 264 a Bs4 350 y Herminia Melfy Bejarano Pedriel de Morales de Bs7 132 a Bs6 727,50.
Marcelino Carlos Miranda Carrizo y Fernando Jorge Almazan Martínez, argumentaron que la reducción salarial viola el fuero sindical del que gozan en calidad de dirigentes de la Federación Nacional de Trabajadores se Seguros Sociales Universitarios de Bolivia, así como del Sindicato de Trabajadores del SSU de Tarija respectivamente, Herminia Melfy Bejarano Pedriel de Morales, sostuvo que dicha reducción resulta ilegal en razón de su antigüedad que consolida su salario como derecho adquirido por el transcurso del tiempo.
Plantearon su reclamación ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Tarija, misma que emitió las conminatorias JDTT 75/2015, 76/2015 y 78/2015 de 14 y 15 de mayo respectivamente, por la cual se conminó al empleador a restituir los derechos laborales en su favor, debidamente notificado el SSU de Tarija, su plazo para cumplir la conminatoria venció el 25 de mayo de 2015, por lo que consideran agotada aquella vía.