Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
II.1.
II.1. Raúl Claros Villarroel -hoy accionante- interpuso la presente acción de libertad (Ver punto I.1) en cuyo memorial de demanda, refirió que: “Ante el recurso de apelación incidental interpuesto por el representante fiscal y la parte querellante impugnando el auto interlocutorio de 29 de abril de 2015, los vocales ahora demandados (…) emiten el Auto de vista 65/2015 de fecha 29 de mayo de 2015, declarando con lugar el recurso y en consecuencia activan el peligro procesal de fuga del art. 234 10) del CPP…” (sic) (fs. 14); de igual manera, en el acápite denominado VI. PRUEBA hace referencia al “Auto de Vista Nro. 65/2015…” (sic) (fs. 19).