SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

III.2. Análisis del caso concreto

En la presente acción de defensa, la accionante denuncia ser hostigada y perseguida indebidamente por los ahora demandados, por cuanto dentro de la denuncia presentada en contra de su ex concubino -hoy codemandado- por violencia familiar doméstica, en vez de ser protegida como víctima, es hostigada y perseguida ilegalmente en su seno laboral y familiar por el Fiscal hoy demandado que conoce su caso y el propio agresor, con la intención de obtener el retiro de la denuncia que formuló.

De la revisión de antecedentes se advierte la apertura de proceso penal registrado como caso 1286/2015, como se mostró en la Conclusión II.1. del presente fallo constitucional, cuya investigación está a cargo del Fiscal ahora demandado; y, siendo que sobre dicha actuación el legislador estableció la figura del control judicial sobre las actuaciones que realiza el Ministerio Público; en consecuencia, corresponde acudir  ante el Juez contralor de garantías, conforme señala la jurisprudencia constitucional señalada en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional.

En ese sentido, los arts. 54.1 y 279 del CPP indican que es la o el Juez el encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación y específicamente, de la actuación del Ministerio Público desde los actos iniciales del proceso hasta la conclusión de la etapa preparatoria, correspondiendo a dicha autoridad pronunciarse sobre la legalidad del proceso investigativo que lleva adelante disponiendo lo que en derecho sea pertinente, y solo en caso de que persista la vulneración de derechos identificados y reclamados, recién activar la jurisdicción constitucional; es decir, no corresponde a la accionante acudir directamente a la jurisdicción constitucional para denunciar los actos que considera ilegales del Ministerio Público, cuando existen los mecanismos y recursos procesales idóneos para exigir el control judicial sobre los actos de investigación del Fiscal demandado; correspondiendo denegar la tutela impetrada.