Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2015-S1
Fecha: 14-Dic-2015
II.3.
II.3. Por memorial de 9 de mayo de 2014, Miltón Aponte Balcazar, reiteró la denuncia y solicitó fotocopias legalizadas de la Resolución sobre reconocimiento del sindicato entre otros documentos ya mencionados sub lite, además de la remoción del Inspector, que llevaba adelante los procesos por la susceptibilidad sobre la imparcialidad de actuaciones (fs. 5 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR