Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2015-S3
Fecha: 09-Dic-2015
a)
Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia, se adopten las siguientes medidas: a) La restitución del derecho suprimido; b) La devolución física del inmueble avasallado, y a tal efecto, se emita mandamiento de desapoderamiento contra la demandada y contra quienes se encuentren ocupando el referido bien; y, c) Se ordene el pago de costas procesales, daños y perjuicios.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- hechos controvertidos
- REVOCAR