SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2015-S3
Fecha: 09-Dic-2015
III.2. Análisis del caso concreto
La accionante denuncia que la demandada avasalló su lote de terreno en construcción, y portando un plano del año 1995, alega ser propietaria de una parte de dicho inmueble, es así, que tomando medidas de hecho por mano propia, descargó arena, ripio y cemento; y, procedió a levantar un muro sin contar con plano aprobado de construcción por el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, conculcando así su derecho propietario.
En ese sentido, de la compulsa de antecedentes, se advierte que la accionante no acreditó objetivamente la existencia de las medidas de hecho denunciadas, evidenciándose más bien que por un lado alega tener mejor derecho propietario sobre el lote en conflicto, mientras que la demandada, también arguye ser la propietaria del terreno en cuestión, indicando que su mandante Hilda Rizzo, cuenta con la documentación respectiva; de lo que se concluye, que en el presente caso existen derechos controvertidos que este Tribunal no puede definir, conforme se expuso en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- hechos controvertidos
- REVOCAR