SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1264/2015-S1
Fecha: 14-Dic-2015
Fragmento 2
El 21 de agosto de 2013, presentó acusación particular y querella contra Fausto Conde Chambi, por la presunta comisión del delito de discriminación, previsto en el art. 281 sexies del Código Penal (CP); cumplidas las notificaciones el acusado planteo objeción a la admisibilidad de la querella por impersonería en el actor, dicha objeción, fue resuelta por Resolución de 6 de septiembre del mismo año, emitida por el Juez Séptimo de Partido, Sentencia Penal y Liquidador; una vez que el hoy impetrante de tutela cumplió lo observado, fue admitida la misma señalándose audiencia de conciliación, que no se llevó a cabo, debido a que el imputado interpuso excepción de cosa juzgada; posteriormente éste, presentó prueba documental de reciente obtención, consistente en fotocopias legalizadas de la SCP 1035/2013-L de 28 de agosto. Por Resolución de 19 de marzo de 2014, se admitió la excepción de cosa juzgada; ante lo cual, René Alfonso Troncoso Romero, interpuso recurso de apelación incidental y una vez contestada la misma, se remitieron obrados ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, la cual declaró admisible e improcedente dicha apelación.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- III.
- Fragmento 7
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La fundamentación de las resoluciones como elemento de la garantía del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)