SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1264/2015-S1
Fecha: 14-Dic-2015
III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
Según expresa, José Antonio Rivera Santiváñez, en su libro ‘Jurisdicción Constitucional -Procesos Constitucionales en Bolivia-’ el constituyente y legislador boliviano establece que es una acción constitucional, de configuración procesal autónoma e independiente, diferente de los demás recursos procesales ordinarios; es un medio de tutela inmediata, eficaz e idónea para los derechos y garantías constitucionales, frente a las amenazas o restricciones ilegales o indebidas de autoridades públicas o personas particulares; por ello tiene una tramitación especial y sumarísima (RIVERA SANTIVÁÑEZ, José Antonio. ‘Jurisdicción Constitucional -Procesos Constitucionales en Bolivia-’. Tercera Edición. Cochabamba: Editorial Kipus, pág. 381).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- III.
- Fragmento 7
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La fundamentación de las resoluciones como elemento de la garantía del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)