SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1268/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1268/2015-S1

Fecha: 14-Dic-2015

1)

El accionante, a través de su abogado, ratificó el tenor de la acción de amparo constitucional, ampliando la misma manifestó que: 1) La Jueza demandada, mediante el Auto de conminatoria de 28 de abril de 2014, textualmente indicó al Fiscal asignado al caso, que cumpla con el art. 323 del CPP, presentando una de las formas de concluir el proceso, bajo alternativa de declararse la extinción de la causa; 2) El Fiscal de Materia, inobservó lo dispuesto por la Jueza a quo, presentando ampliación de la imputación formal en su contra; 3) La Jueza Décima Segunda de Instrucción en lo Penal del Departamento de La Paz, al admitir la ampliación de la imputación formal, lesionó sus derechos; 4) La Resolución de 29 de noviembre de 2014, que rechazó el recurso de reposición, no dio respuesta cierta y concreta sobre los elementos de prueba que fueron presentados, limitándose únicamente a señalar “No ha lugar al recurso de reposición”; y, 5) Los arts. 401 y 402 del CPP, establecen que las resoluciones que resuelvan la revocatoria y reposición son irrecurribles, lo que permite activar la vía extraordinaria y constitucional.