SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1268/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1268/2015-S1

Fecha: 14-Dic-2015

i)

Jakelyn Tintaya Callisaya, Jueza Décima Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, por informe cursante de fs. 125 a 126, refirió que: i) Mediante providencia de 19 de mayo de 2014, admitió la ampliación de imputación formal, por lo que el accionante formuló reposición que fue negada por la Jueza Décima Tercera de Instrucción en lo Penal del mismo departamento que se encontró en suplencia legal, por lo que el impetrante tuvo la vía correspondiente para plantear conforme a procedimiento penal, el incidente de actividad procesal defectuosa ante el mismo juez de control jurisdiccional, y que fue activado como se desprende del cuaderno de control jurisdiccional, siendo tramitado conforme manda los arts. 314 y 315 del CPP, corrido en traslado, se señaló audiencia para resolver el incidente, que fue suspendida a pedido del accionante, advirtiéndose la activación del medio idóneo que se encuentra pendiente de resolución; ii) En la audiencia de medidas cautelares, se dispuso la libertad pura y simple del accionante, en el mismo actuado también resolvió el incidente de actividad procesal defectuosa; y, iii) Al haber emitido la conminatoria de 28 de abril de 2014, se debió considerar que la extinción de la acción penal, no opera de hecho sino de derecho, y las partes no solicitaron la extinción.