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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2015-S3

    Fecha: 23-Dic-2015

    I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

    Victoriano Morón Cuéllar, Mirael Salguero Palma y Zenón Rodríguez Zeballos, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Walter Perez Lora, Juez Tercero de Sentencia en lo Penal del mismo departamento, no asistieron a la audiencia ni presentaron informe alguno, pese a su legal citación cursante a fs. 176.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • a)
    • concedió
    • i)
    • III.1.
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
    • es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
    • la prueba presentada ni a la solicitada por la autoridad judicial de primera instancia
    • III.3. Otras consideraciones
    • CONFIRMAR

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