Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1289/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
III.2.
La accionante a través de su representante alega la vulneración de su derecho invocado en la presente acción de defensa; por cuanto, las autoridades demandadas rechazaron la aplicación de salida alternativa de procedimiento abreviado requerido por la Fiscal de Materia, sin previa valoración de las pruebas ni la debida fundamentación y desconociendo el principio de favorabilidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados
- III.2.
- i)
- CONFIRMAR