Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1292/2015-S3
Fecha: 28-Dic-2015
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 18 de diciembre de 2014, ante el Director Departamental de Educación de Tarija, la ahora accionante solicitó la cancelación de sus antecedentes disciplinarios (fs. 1 a 3 vta.), siendo respondida por la autoridad hoy demandada a través de la nota DDE/METC/CCT/N°004/2015 de 5 de enero, señalando falta de competencia para proceder a dicha cancelación, por no ser quien determinó la responsabilidad administrativa y por ende, su sanción (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la legitimación pasiva en la acción de protección de privacidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- omisiones indebidas
- REVOCAR