SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1296/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1296/2015-S1

Fecha: 22-Dic-2015

Fragmento 18

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece que a causa de la RA CEDEIM PREVIA 23-0881-11, por la que el Gerente Distrital de Oruro del SIN, resolvió establecer como importe a devolver mediante certificados de devolución impositiva al contribuyente empresa metalúrgica Vinto, representado legalmente por Ramiro Félix Villavicencio Niño de Guzmán, conforme señala el informe de Actuación SIN/GDO/DF/VE/INF/181/2011 de 17 de octubre de 2011, Bs11 441 130.- correspondiente al IVA por el periodo fiscal julio 2010, la empresa ahora accionante interpuso el recurso de alzada, mediante la cual el Director Ejecutivo a.i. de la ARIT La Paz, a través de la Resolución ARIT-LPZ/RA 0188/2012, revocó parcialmente la RA CEDEIM Previa 23-00881-11, emitida por la Gerencia Distrital de Oruro del SIN contra la empresa metalúrgica VINTO; dejando sin efecto el reparo de Bs2 536 172.- conformado por Bs11 808.- por aplicación del 45 % presunto de gastos de realización en el cálculo del importe máximo a devolver y Bs2 524 364.- correspondiente al crédito fiscal de facturas superiores a UFV’s 50 000, manteniendo firme y subsistente el monto no sujeto a devolución de Bs1 890 849.- por aplicación del 45 % supuesto de gastos que se llevaron a cabo; declarando en consecuencia como importe de sujeto a devolución los Bs2 536 172.- mencionados más Bs11 441 130.- establecido en el primer numeral de la parte resolutiva del acto impugnado, sumando un total de Bs13 977 302.- por el periodo fiscal julio 2010 ya señalado.