SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1331/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.1.
II.1. El 19 de febrero de 2014, la Aduana Interior Santa Cruz, emitió Resolución Sancionatoria AN-SCRZI-RS.04/2014, que declaró probada la Comisión de Contrabando Contravencional en contra de Toledo Import & Export SRL, disponiendo el comiso definitivo de la mercadería descrita en el Acta de Intervención AN-SCRZI-C-007/2014 de 9/01/2014 al haberse vulnerado lo dispuesto por el art. 181 inc. b) de la Ley 2492 Código Tributario. Conforme lo establece el art. 152 de la Ley 1990 – Ley de Aduanas (modificado mediante la ley 317- Presupuesto General de la Nación de 11 /12/2012), la mercancía decomisada por el ilícito de contrabando que cuente con Sentencia Ejecutoriada o Resolución Firme, serán adjudicadas por la Aduana Nacional al Ministerio de la Presidencia, en forma gratuita y exentas del pago de tributos aduaneros de importación, al día siguientes de haber adquirido la calidad de título de ejecución tributaria. (fs. 6 a 10).
- Acción de Amparo Constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- “
- `…En el caso de las personas jurídicas, como es la sociedad agrícola ganadera (…) el recurrente, que es quien demanda en su representación, debió acreditar su condición de legítimo representante adjuntando el poder correspondiente, en el que debía constar inexcusablemente el acta de constitución de la sociedad, la nómina de socios, su inscripción al Registro de Comercio, su personería jurídica y sus Reglamentos...”
- CONFIRMAR en todo