Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1390/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.3.
II.3. Cursa Folio Real correspondiente al inmueble indicado, con matrícula ilegible, por el que consta la titularidad de Asunta Torrez Siles en el Asiento A-1, e inscripción de 22 de marzo de 1990; así como, la declaratoria de herederos a favor de los llamados a la sucesión de la citada: Mario Antonio, Carlos Alberto, Jaime Alberto y Teresa, todos, Rocha Tórrez, con Asiento A-3, e inscripción de 11 de mayo de 2015 (fs. 2 a 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la persona particular demandada
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Imposibilidad de dilucidar hechos controvertidos o definir la titularidad de derechos a través de la acción de amparo constitucional
- 1)
- CONFIRMAR en todo