SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1437/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1437/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de uso indebido de influencias, interpuso recurso de apelación contra la Resolución que dispuso su detención preventiva como medida cautelar de carácter personal, habiendo acudido a otra acción de libertad que le fue concedida por la dilación en la que incurrió la Jueza cautelar en la remisión de los antecedentes al Tribunal de alzada; instancia en la que el Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en forma arbitraria e injustificada, suspendió la audiencia que señaló para el 19 de agosto de 2015, por no haberse remitido parte del expediente del Juzgado cautelar para la realización de dicha audiencia. Es así, que después de la remisión con observaciones que debían ser subsanadas por los funcionarios ahora demandados, nuevamente devolvieron los documentos en forma incompleta, dilatando por semanas su situación legal, estando detenido por más de quinientas horas sin justa motivación legal puesto que la Sala Segunda que asumió el conocimiento de la apelación, devolvió su causa al Juzgado de origen sin señalar audiencia de apelación ni fundamentar debidamente su decisión.