SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1476/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1476/2015-s2

Fecha: 23-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como emergencia de un proceso de contratación de bienes entre la empresa NIBOL LTDA. y el Gobierno de Autónomo Municipal de Patacamaya del departamento de La Paz, donde fungía como Alcalde Municipal, le fue iniciado un proceso penal por la presunta comisión del delito de negociaciones incompatibles con el derecho de la función pública, conducta antieconómica, incumplimiento de deberes y otros, caso 14071/14, a cargo de Facundo Coronel Choque, Fiscal de Materia -ahora demandado-, radicado en el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal y Anticorrupción del departamento de La Paz.

Aduce que dentro del aludido proceso, el 10 de septiembre de 2015, en cumplimiento a un mandamiento de aprehensión expedido en su contra por el Fiscal de Materia antes nombrado, fue indebidamente privado de su libertad y trasladado a celdas judiciales del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, siendo también notificado en la indicada fecha con la Resolución de imputación formal 35/2015, emitida también por dicha autoridad, pronunciando una determinación carente de la debida fundamentación jurídica respecto su participación en los supuestos hechos delictivos denunciados, tampoco la adecuación de su conducta a los tipos penales que se le imputan, donde ni siquiera fueron examinados los elementos de convicción como requisito indispensable para la imputación formal, colocándolo en un estado de indefensión; toda vez que, al haber tenido conocimiento de los actos ilegales denunciados en su contra a momento de su privación de libertad, se encuentra compelido a enfrentar una audiencia de medidas cautelares sin tener la posibilidad de impugnarlos.