AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2015-CA
Fecha: 04-Feb-2015
no procede contra resoluciones administrativas que resuelven un caso concreto
Asimismo, con respecto al tipo de resolución que puede ser impugnada mediante una acción de inconstitucional concreta, se tiene a bien citar el AC 0589/2010-CA de 27 de agosto, citado a su vez por el AC 0050/2012-CA de 22 de febrero, que señaló: “Por otro lado, en relación a la RAR 2008/2520, cabe recordar que el recurso indirecto o incidental, como vía de control concreto de constitucionalidad, sólo procede contra leyes, decretos o resoluciones no judiciales; con relación a éstas últimas, cuando la resolución tiene carácter normativo de alcance general. A contrario sensu, no procede contra resoluciones administrativas que resuelven un caso concreto, como es la Resolución impugnada.
- Ministra de Desarrollo Productivo y Economía Plural
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- norma jurídica
- administrativo
- en cualquier estado
- no procede contra resoluciones administrativas que resuelven un caso concreto
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- RATIFICAR