Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
La SCP 0014/2015 de 26 de febrero, fue pronunciada dentro del conflicto negativo de competencias jurisdiccionales -ordinario y agroambiental- en la que ambas autoridades judiciales se declararon incompetentes para conocer y resolver el proceso de rei
Fecha: 26-Feb-2015
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
Es preciso aclarar que el voto disidente, no expresa desacuerdo con los fundamentos desarrollados en la mencionada Sentencia Constitucional Plurinacional, cuya cita de normas constitucionales, las disposiciones legales y la doctrina del Tribunal Constitucional Plurinacional, resulta pertinente al supuesto análogo fáctico, es más, se sustenta en las mismas para la eventual resolución del caso concreto, con la diferencia de que en su contrastación del mismo, en la sentencia objeto de disidencia, se incurre en una contradictoria y omisiva carga argumentativa, que desvía el resultado final del caso.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.1. Análisis del caso concreto
- otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas;
- el destino del bien inmueble, fue claramente establecido por el demandante
- En el predio con superficie de 3703.00 m2, no existe construcción, donde se tiene en la actualidad actividad agrícola como el sembrado de maíz