SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que la autoridad judicial demandada vulneró sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la libertad y a recibir una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, al considerar que, durante la audiencia conclusiva interpuso incidente de actividad procesal defectuosa; consiguientemente, el Juez demandado anuló obrados hasta la imputación formal, quedando nula inclusive la Resolución que dispuso su detención preventiva; posteriormente, solicitó la emisión del mandamiento de libertad; empero, la referida autoridad judicial rechazó su petitorio, dando lugar a una detención ilegal ya que no existe acto judicial alguno que ordene medida cautelar en su contra; sin embargo, con carácter previo, este Tribunal Constitucional Plurinacional, deberá examinar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de la presente acción, a objeto de determinar si toca o no ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- En el supuesto que la accionante hubiera denunciado los actos restrictivos de su libertad personal o física ante el Juez cautelar, como también, paralela o simultáneamente a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, la subsidiariedad excepcional también sobreviene
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR