Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2015-S3
Fecha: 02-Feb-2015
II.4
II.4 Por acta circunstanciada de 29 de enero de 2014, el Notario de Fe Pública de Segunda Clase de Quillacollo, hace constar que por encargo de Yudoska Liliana Jiménez Lino, se hizo presente en el inmueble ubicado en el km 11 ½ de la Av. Blanco Galindo, con el objeto de verificar el cambio de cerradura en la puerta de ingreso al inmueble (fs. 2).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Medidas de hecho que afectan el derecho a la vivienda
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR