SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2015-S1
Fecha: 11-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan, que el Ministerio Público les imputó y acusó, por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, en la supuesta transferencia de un bien inmueble de su propiedad a su entonces abogada, Lily Hidalgo Muñoz, bajo el argumento que encontraba registrada una anotación preventiva, actuación por la cual se encuentran ilegalmente procesados, debido a que esos hechos no fueron investigados ni valorados por la Fiscalía, y peor aún no se realizaron acciones objetivas para investigar si existía algún delito y sí correspondía a la vía penal, puesto que jamás suscribieron ningún documento de compra venta; asimismo, arguyen que el Juez Sexto de Sentencia en lo Penal del departamento de Santa Cruz, celebró una audiencia conclusiva sin su presencia, dejándoles en estado de indefensión ante los querellantes y el Ministerio Público, porque no tenían conocimiento de dicha audiencia.