Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015-S1
Fecha: 11-Feb-2015
II.2.
II.2. Según refiere el accionante, desde el 14 de diciembre de 2010, permanece detenido preventivamente, sin que en el tiempo transcurrido el Ministerio Público, hubiere efectuado alguna otra actuación, no emitió acusación en su contra, y por ende, no se inició el juicio oral, transcurriendo tres y seis meses de detención, excediendo el plazo de duración máxima del proceso, no existe documental respaldatoria, solo lo manifestado en el memorial de demanda de la presente acción cursante de fs. 44 a 47.