SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2015-S1

Fecha: 11-Feb-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Los accionantes por intermedio de sus abogados, ratificaron la acción de defensa y refirieron que las resoluciones deben estar debidamente fundamentadas, con motivación clara y explícita, cita expresa de pruebas y normas en la que se funda la decisión; en el caso presente, se cometió una arbitrariedad porque la Resolución impugnada, se sustenta en argumentos retóricos al ampararse en una referencia que hace la imputación formal como prueba suficiente, sin tomar en cuenta que ésta es una atribución de hecho sujeta a investigación y contrastable, no es una verdad probada, porque no es una sentencia condenatoria ejecutoriada, de esa manera se realizó una valoración arbitraria de la prueba sin margen de razonabilidad.