SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2015-S3
Fecha: 03-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes por medio de su representante, denuncian que la Fiscal de Materia -hoy demandada-, vulneró sus derechos fundamentales al haber ordenado su aprehensión para que presten su declaración informativa dentro de un proceso penal en el que fueron indebidamente denunciados y en el que sucedieron varios defectos absolutos que fueron manifestados ante el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz a través de una excepción y dos incidentes; sin embargo, a tiempo de practicarse las notificaciones con el traslado dispuesto, tuvo lugar la vacación judicial y el cuaderno procesal de su caso no fue remitido ante el juzgado de turno, razón por la cual acuden directamente a esta vía, al no existir, al momento, control jurisdiccional de su causa ante quien presentar su reclamo.
- a)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 7
- aún en vacación judicial queda de turno un Juez Cautelar que estará encargado de velar por el desarrollo de esa etapa y el cumplimiento de plazos procesales
- CONFIRMAR