SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2015-S1
Fecha: 13-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que, dentro del proceso arbitral que sustancia a instancia del Sindicato de Trabajadores de “Nudelpa Ltda.” contra la empresa que representa, formuló excepción de incompetencia y solicitud de declinatoria de jurisdicción, toda vez que, el pronunciamiento respecto a algunos de los puntos reclamados, correspondían ser ventilados en la jurisdicción laboral; sin embargo, la Presidenta del Tribunal arbitral -ahora demandada-, rechazó las excepciones planteadas, manifestando que siendo el arbitraje y conciliación un proceso administrativo bajo la dirección de un tribunal arbitral, no se podía desconocer su competencia; actuar que, según el accionante lesiona los derechos al debido proceso y a la defensa de la empresa que representa, al no haberse valorado siquiera los argumentos esgrimidos por la parte excepcionista antes de rechazar sus pretensiones.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR