SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015-S3

Fecha: 18-Feb-2015

III.2. Análisis del caso concreto

         Ahora bien de manera previa a un análisis del fondo de la problemática corresponde, observar que la parte accionante previamente a la interposición de la presente acción de libertad debió acudir al Juez encargado del control jurisdiccional, para que en el ejercicio de sus competencias proceda a reparar los derechos supuestamente vulnerados de ahí que corresponde denegar la tutela todo ello conforme a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1, de ésta Sentencia.