Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015-S1
Fecha: 20-Feb-2015
II.2.
II.2. Por decreto de 8 de julio de 2014, Luis Fernando Pérez Montaño, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal de Cochabamba señaló audiencia para considerar la cesación a la detención preventiva del accionante, para el 11 del mes y año citados a horas 12:00 (fs. 11); el cual se notificó a las partes y al Centro de Rehabilitación de San Sebastián Varones el 10 del mencionado mes y año (fs. 12 a 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- principios procesales específicos
- tuteló los supuestos de demora en la celebración de la audiencia de medidas cautelares
- deberá fijar la audiencia con la prontitud que el caso aconseja
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR