SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015-S1
Fecha: 20-Feb-2015
a)
El accionante a través de su abogado ratificó el memorial de acción de libertad y añadiendo señaló que: a) Es necesario aclarar que la acción de libertad, tiene diferentes alcances, entre una de ellas es de interponerla cuando la vida se encuentra en peligro, estando relacionada con el art. 22 de la CPE, que de manera clara establece que el Estado debe resguardar la salud, la vida y la libertad de las personas; b) En el presente caso se está poniendo en riesgo la vida del accionante, porque tiene una enfermedad renal, es decir una discapacidad, extremo que es de conocimiento de las autoridades demandadas puesto que, presentó su carnet que certificó ese hecho; c) La Ley General para Personas con Discapacidad de forma clara señala: Que quien se encuentre con discapacidad, debe ser protegida oportunamente por el Estado, porque en las condiciones en las que se encuentra, su vida está en peligro, así lo establece el art. 6 de la referida Ley General para Personas con Discapacidad (LGPD); d) Justo Chambi Poma aparte de su condición, prestaba servicios en la función pública que debe ser considerada, ya que dentro de ella luchaba por su vida y por el derecho a la salud, en ese sentido existe amplia jurisprudencia constitucional, que ha sido clara en cuanto a la protección de esos derechos; e) El memorándum de desvinculación laboral, recién fue puesto a conocimiento del interesado al momento de notificarlo procediendo al cambio de chapas y restringiéndole el ingreso a las oficinas, además de mencionar en dicho documento, que independientemente de su salud él debe entregar toda la documentación a su cargo, activos fijos y tarjeta de identificación; f) Se debió señalar los motivos por los cuales se le estaba desvinculando de la Institución, y así darle la oportunidad de poder defenderse y conocer las razones por las cuales se tomó dicha decisión y porque no se hubiera tomado en cuenta que el accionante es un enfermo renal, ya que sin una debida atención en cualquier momento puede perder la vida; y, g) De forma directa se está atentando contra su salud, siendo que no va a gozar de los beneficios de la Caja Nacional de Salud (CNS), puesto que es esta entidad la que está corriendo con los gastos de atención de su enfermedad, consecuentemente solicitó que se restablezcan esos derechos y la restitución inmediata a sus funciones.