SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015-S1

Fecha: 20-Feb-2015

III.4. Análisis del caso concreto

De la revisión de los antecedentes de la problemática en estudio, se establece que el accionante fue desvinculado de las funciones que desempeñaba como responsable de DIRCABI del departamento de Pando y que las autoridades ahora demandadas no tomaron en cuenta que es una persona con discapacidad ya que al ser un enfermo crónico renal terminal, necesita del seguro de salud que le da sustento a su vida, además de que la determinación asumida en el memorándum que le fue entregado no expresó los motivos que originaron su destitución, vulnerando de esta manera el debido proceso, extremos que atentan y ponen en riesgo su vida, puesto que al haber cesado de sus funciones  como servidor público dependiente del Ministerio de Gobierno no podrá acceder a los servicios de salud que necesita de manera urgente y permanente.

Previo al análisis es preciso señalar que cualquier destitución laboral, entre el empleado y el empleador está regida por las normas aplicables a cada sector, tomando en cuenta las causales que obligan al referido empleador a tomar la determinación de destituir al trabajador cuando este infringe dichas normas.