SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
I.2.2. Informe de la persona demandada
El representante del BCP, a través de informe escrito cursante de fs. 72 a 76, señala que cuando se produjo la desvinculación de la ahora accionante, no conocían sobre el estado de gestación, aclara que no es afán del referido Banco vulnerar alguna norma constitucional, sino que la desvinculación se dio porque la accionante no superó el periodo de prueba, el memorándum de despido fue expedido en aplicación del art. 13 de LGT y ante la conminatoria de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, en uso de la facultad conferida por los arts. 56 y 64 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), plantearon recurso de revocatoria el cual fue rechazado y en tiempo hábil el 11 de abril de 2014 presentaron recurso jerárquico, el cual está pendiente de resolución; considera que la interposición del referido recurso es plenamente legítimo, porque la Ley de Procedimiento Administrativo no fue derogada ni abrogada, el art. 13 de la LGT, tiene plena vigencia y para determinar la inaplicabilidad a los casos de mujeres en estado de embarazo, debía ser declarado inconstitucional tanto por la Asamblea Legislativa como por el Tribunal Constitucional Plurinacional sobre la base de una consulta idónea que no pueda permitir mayor amplitud de la aplicación de ese artículo, para no caer en lo que prevé el art. 122 de la CPE, que establece: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen así como los actos de lo que ejercen jurisdicción y potestad que no emane de la ley”, reitera que no existe ninguna normativa promulgada por la Asamblea Legislativa o por el Tribunal Constitucional Plurinacional que prohíba despedir a mujeres en estado de embarazo o con hijos menores a un año de edad, que se encuentren dentro del periodo de prueba, tal como señala el art. 13 de la LGT; solicita se deniegue la tutela por ser improcedente y sea con costas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la protección a la mujer trabajadora en estado de gestación
- III.2. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. Protección al Trabajador
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR