SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.5.
II.5. A través del Auto de 29 de enero de 2014, el Juez Agroambiental de Quillacollo, ordena a los ahora accionantes por última vez restituir la servidumbre de paso bajo conminatoria; por otra parte, los ahora demandados solicitan orden de restitución o restablecimiento de servidumbre de paso, puesto que los impetrantes de tutela a pesar de haber sido notificadas legalmente no dieron cumplimiento al mismo, razón por la cual solicitan auxilio y resguardo de la Policía de Quillacollo; mediante Auto de 21 de febrero del mismo año, el Juez Agroambiental de Quillacollo, dispone que la parte actora proceda a la apertura del camino “servidumbral” en el ancho y largo fijado en la referida sentencia, facultando el allanamiento y lanzamiento sobre la parte de bienes inmuebles con intervención de un Notario de Fe Pública y ayuda de la fuerza pública, con el número necesario de efectivos policiales (fs. 527 vta. y 531 a 532).