SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015-S3

Fecha: 10-Feb-2015

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 12/2014 de 19 de junio, cursante de fs. 27 a 30, denegó la tutela solicitada en base a los siguientes argumentos: a) La acción de libertad se activa cuando la parte accionante agotó todos los medios idóneos, los mecanismos que la propia ley le confiere a los ciudadanos justiciables, esto es agotar en la vía ordinaria los recursos de reposición, apelación incidental y solicitar se adelante la audiencia de producción de prueba; b) Una vez resuelto el incidente de nulidad por defecto absoluto, planteado por la parte accionante, la Resolución está sujeta a impugnación; c) Con relación al Fiscal de Materia, presentará la justificación de su inasistencia ante el Juez de Instrucción que corresponda, asimismo la hoy accionante no realizó el reclamo correspondiente ante el Fiscal Departamental y una vez agotado este recién acudir a una acción de defensa, por la subsidiariedad excepcional que rige a la acción de libertad; y, d) La ahora accionante se encuentra en libertad.