SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2015-S3
Fecha: 10-Feb-2015
i)
El accionante a través de sus representantes, alega la vulneración de sus derechos a la libertad y libre locomoción y al debido proceso; toda vez que, dentro del proceso de investigación que realiza el Ministerio Público, por la supuesta comisión del delito de estafa agravada y otros, denuncia la existencia de los siguientes actos ilegales: i) En el cuaderno procesal no se encuentra la prueba ofrecida a la autoridad jurisdiccional, así como tampoco existe un informe de ampliación de la investigación; por lo que, el plazo de la etapa preparatoria se encuentra vencido y sin control jurisdiccional al existir una declinatoria de competencia del Juez de la causa al Juez de Partido de Turno en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz; y, ii) El representante del Ministerio Público, sin competencia alguna, dispuso la anotación preventiva de dos inmuebles de su propiedad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- REVOCAR