SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2015-S2

Fecha: 23-Feb-2015

a)

Solicita se conceda la acción de libertad y se ordene: a) La anulación de la audiencia cautelar de 28 de noviembre de 2013 y los Autos 066/2013 y 067/2013, disponga que se celebre una nueva audiencia para que el Juez de la causa, valore y resuelva la prueba aportada en base a los principios de razonabilidad y equidad; b) Se ordene su libertad irrestricta hasta tanto se subsane el procedimiento viciado de actividad procesal defectuosa; y, c) Se declaren expresamente los datos de los responsables a los efectos del art. 50 del Código procesal Constitucional (CPCo).

Henrry Hilton Flores Gareca, Fiscal de Materia, en audiencia señaló lo siguiente: a) Es falso que el accionante fue aprehendido de manera ilegal, ya que fue el coronel Johnny Requena quien investigó el caso desde Santa Cruz y realizó el operativo porque el hecho conmocionó a la sociedad de San José de Chiquitos porque se trataba de un motoquero humilde que no hizo ningún mal a nadie y fue asesinado; b) El accionante tiene varios antecedentes delictivos y para su arresto se realizó el rastrillaje correspondiente con un grupo de inteligencia; c) Su persona no ingresó al domicilio particular del accionante para aprehenderlo, sino que después del operativo policial pusieron al imputado a disposición de su persona y sólo participó en el reconocimiento, reconstrucción y verificación del lugar de los hechos donde fue victimado el occiso; y, d) Una vez tomada la declaración del accionante se procedió con su aprehensión.