SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

1)

La parte demandada a través de su abogada, en audiencia manifestó que: 1) La Cámara de Comercio por medio de sus representantes, también se vieron sorprendidos al encontrar una mañana la oficina del ahora accionante con candado, deduciendo que como días antes habrían evidenciado que la oficina dada en alquiler estaría siendo desocupada, es decir, sacando y vendiendo muebles es que supusieron que fue el mismo accionante quien colocó el candado; 2) Hasta la fecha, este último no se apersonó a cancelar su deuda de alquiler, por tal razón, es que niegan haber restringido de esta forma el acceso a la oficina dada en alquiler, no existiendo prueba alguna que hubiesen sido los demandados quienes supuestamente colocaron el candado referido; y, 3) El accionante no agotó las vías legales previas a la presente acción tutelar, puesto que sólo hizo llegar a las oficinas de la Cámara de Comercio de Oruro, dos cartas notariadas bastante agresivas, sin que estas signifiquen un reclamo formal.