SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 11/2014 de 23 de junio, cursante de fs. 24 a 26 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) No existe nexo de causalidad entre lo que se establece en la relación de hechos y se pretende fundamentar con la parte petitoria, no se fundamentó a qué se dedica la empresa a la que representa, es decir, no señala si contrata empleados, si produce o si es dependiente de la Cámara de Comercio de Oruro, es decir, no expresó de qué manera se le estaría vulnerando su derecho al trabajo; ii) No existe prueba alguna sobre las aseveraciones realizadas por el accionante; y, iii) El accionante tampoco agotó otras vías antes de acudir a la tutela de la acción de amparo constitucional, puesto que aún podía acudir a la vía administrativa o a una conciliación en sede del Ministerio de Justicia.