SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado representante del accionante, ratificó el contenido de su memorial de demanda y aclaró que es de conocimiento general, que el juez instructor, pierde competencia una vez finalizada la etapa preparatoria, en este sentido se objetó que la citada autoridad no podía conocer la imputación  porque ya existía un acusación que tiene como fecha diciembre de 2013 y posterior a ello llegó la referida imputación, siendo esa la razón principal para la interposición de la presente acción.