SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

i)

Cristian Colque Herbas, arquitecto del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz, presentó informe oral en audiencia, señalando que: i) El art. 85 de la Ley 2028 de 28 de octubre de 1999 (Ley de Municipalidades abrogada), reconoce que los arroyos, quebradas, etc., son bienes de dominio público por tratarse de recursos naturales; ii) Se declaró de necesidad y utilidad pública, la expropiación de los terrenos donde se emplazó la regulación del drenaje; y,  iii) En la ordenanza, se estableció la ubicación de la laguna, en una extensión de 25 ha, que no corresponden en su totalidad a la propiedad de la accionante, siendo aproximadamente de 10 a 12 ha, las que serán afectadas en su propiedad.