SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

III.2. Análisis del caso concreto

En el caso de autos, el accionante a través de su representante, arguye que la autoridad judicial demandada, lesionó sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa e igualdad, toda vez que, no efectivizo el mandamiento de libertad dispuesto por Resolución 028/2014 de 22 de julio, emitido por el Juez Tercero de Ejecución Penal del departamento de Cochabamba, quien se encontraba en suplencia legal de éste.

         Acorde a los antecedentes cursantes en el expediente, se tiene que el accionante mediante Resolución 028/2014, emitido por el Juez Tercero de Ejecución Penal, se favoreció con el beneficio de libertad condicional; sin embargo, la notificación con la Resolución y el mandamiento de libertad no fueron efectivizados por dicha autoridad judicial, habiéndose remitido actuados procesales a su similar Segunda, al finalizar la suplencia legal por las vacaciones colectivas del Órgano Judicial; es decir, que se dejó pendiente las diligencias de notificación; razón por la cual, el accionante formula la presente acción de defensa.