SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
III.4.
Del análisis de antecedentes se tiene que los accionantes tienen instalado un medidor de agua en los predios de Nicasio Ramos Chuca, padre de Daniel Ramos Chuca, por lo que a su fallecimiento, tramitó su declaratoria de herederos. Por otra parte el accionado refirió en la audiencia que el corte se debió a que los accionantes trasladaron el medidor sin permiso y sin llenar los requisitos exigidos por EMDASA.
De lo expresado, se evidencia que la parte demandada no negó ni refutó los hechos atribuidos por los accionantes, abocándose a señalar que se procedió al corte del agua debido a que en el traslado del medidor no se cumplieron los pasos previstos al efecto. Argumentos insuficientes para proceder al corte del agua, toda vez que cualquier requisito no cumplido puede ser susceptible de subsanación previa observación y comunicación a las partes interesadas, para lo cual es preciso otorgar un plazo prudente, en el caso de autos se procedió al corte, sin comunicar los motivos a los accionantes, lo que indudablemente vulnera el derecho al servicio básico de agua potable al que tienen derecho los accionantes, sin distinción alguna, por lo que no pueden ser objeto de discriminación.
En consecuencia corresponde conceder tutela solicitada con la finalidad que cese la situación de hecho, se restablezca el orden social y se proceda a la reinstalación del servicio al agua potable, conforme a lo previsto en la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.2 de éste fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III.1
- excepcionalmente y previa justificación fundada, dicha acción será viable cuando: 1. La protección pueda resultar tardía. 2. Exista inminencia de un daño irremediable e irreparable a producirse de no otorgarse la tutela"
- III.2
- III.3. Vías de hecho, Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- III.4.
- CONFIRMAR