SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0251/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0251/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que, el 4 de abril de 2010, fue elegido democráticamente como concejal titular del municipio de Vitichi; pero, por razones de salud, el 8 de julio de 2013, presentó una solicitud de licencia temporal al cargo que desempeñaba, luego de ser sometido a un tratamiento médico y habiendo culminado su impedimento legal; pretendió su reincorporación, conforme el art. 11 de la Ley 482 de 9 de enero de 2014; empero, el pleno del Concejo Municipal de Vitichi ahora demandados, vulneraron su derecho a ejercer un cargo público, y al trabajo impidiéndole asumir sus funciones como titular, dando lugar a que el concejal suplente siga en sus funciones, a sabiendas que sus actos son ilegales desde el 30 de mayo de 2014, fecha en la cual solicitó su reincorporación al ente deliberante.

Posteriormente, las autoridades demandadas apoyadas en una Resolución de 22 de junio de 2014, de las organizaciones sociales y ayllus originarios reunidos en la localidad de Gelchi del distrito Chontola de ese municipio, rechazaron su reincorporación, como si tendrían poder de decisión, argumentando que es el pueblo quien no acepta su retorno al curul, vulnerando de esta manera lo establecido en los arts. 24, 26, 46, 48.I, y 49.III de la Constitución política del Estado (CPE).