SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

II.4.

II.4.    Por Decreto de 30 del mes y año antes señalado, la Jueza advertida del error que no es imputable a su despacho judicial sino de la Fiscal de Materia asignada al caso declaró no ha lugar a la ampliación solicitada, toda vez que la última ampliación de imputación formal, fue notificada el 26 de septiembre de 2012, habiéndose vencido la etapa preparatoria el 26 de marzo de 2013, siendo extemporánea dicha solicitud (fs. 8).