SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2015-S2
Fecha: 26-Feb-2015
II
El accionante, alegando vulneración a su derecho de libertad, denunció procesamiento indebido y persecución ilegal; toda vez que, los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, omitiendo notificarle legalmente con el señalamiento de la audiencia de apelación incidental; y sin previamente declararlo rebelde y con la participación de una abogada de oficio, a quien desconoce y que supuestamente asumió su defensa, pronunciaron el Auto de Vista de 23 de abril de 2014; por el cual, revocaron la cesación a la detención preventiva que le otorgó el Juez Primero de Instrucción Mixto y cautelar de Villazón; y en consecuencia, ordenaron se mantenga subsistente dicha detención preventiva en su contra.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Persecución ilegal o indebida, como presupuesto de activación de la acción de libertad
- III.3. Del procesamiento ilegal o indebido y el debido proceso
- III.4.
- CONFIRMAR en todo