SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

II.3.

II.3.  Mediante memorial presentado el 3 de junio de 2014, Omar Chávez Vera, interpuso ante el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, incidente de actividad procesal defectuosa, señalando que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado: i) Se vulneró su derecho a la defensa, ya que jamás fue notificado en su domicilio real para que preste su declaración informativa en presencia de su abogado; ii) Que existiendo una Resolución de rechazo en su favor y con la cual no fue notificado y sin que haya sido citado legalmente para declarar, el Fiscal de Materia a cargo, emitió directamente y fuera de procedimiento Resolución de imputación formal, que no cumple con las más mínimas formalidades legales y cuyo contenido desconoce; iii) El Ministerio Público elaboró una citación el 31 de enero de 2014, para que se haga presente el 19 de febrero del mismo año, la cual nunca le fue notificada ni fue de su conocimiento, puesto que la citación fue realizada en otra ciudad y no en la casa en la que vive en el departamento de Cochabamba; iv) En base a un temerario informe, la Fiscal de Materia de ese entonces, emitió el 14 de febrero de 2014, una orden de aprehensión por no haberse hecho presente el 19 del mismo mes y año, a una declaración a la que nunca se le citó; y, v) El Ministerio Público ordenó un apremio, antes que se cumpla la fecha y hora fijada para su declaración informativa policial a la que no fue notificado (fs. 6 a         13 vta.).